SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2017-S1

Fecha: 31-May-2017

III.5.3.   Con referencia a la actuación del Juez demandado

De los argumentos expuestos en la demanda de esta acción de defensa, el impetrante de tutela alega que el Juez demandado  recepcionó el proceso a horas 08:30 del 21 de abril de 2017; y, a pesar de tomar conocimiento que se encontraba privado de su libertad por más de treinta y nueve horas, sin existir mandamiento de aprehensión, no dispuso su libertad inmediata; por el contrario señaló audiencia de medidas cautelares. De la revisión de actuados se evidencia que la autoridad judicial demandada tomó conocimiento del referido proceso penal a horas 13:26 del 21 de igual mes y año, mediante Resolución de inicio de investigaciones, imputación formal y solicitud de medidas cautelares; por lo que, señaló la respectiva audiencia para su consideración dentro de las veinticuatro horas establecidas en la normativa procesal penal; en la cual, se pronunciará sobre la vulneración o no de los derechos fundamentales y garantías constitucionales supuestamente cometidos durante la aprehensión del peticionante de tutela, por parte de los funcionarios policiales y de la autoridad fiscal; sin embargo, el solicitante de tutela activó la jurisdicción constitucional antes de llevarse a cabo dicha actuación procesal; razón por la que, no le dio lugar a que la autoridad jurisdiccional demandada se pronuncie al respecto; en consecuencia,  conforme lo establece el Fundamento Jurídico III.4 de este fallo constitucional, corresponde denegar la tutela; toda vez que, el Juez demandado dio cumplimiento al adjetivo penal.