SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2017-S1
Fecha: 31-May-2017
III.4. Análisis del caso concreto
El accionante considera que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión de delito de intermediación financiera sin autorización o licencia, al llevarse a cabo su audiencia de cesación a la detención preventiva el 19 de abril de 2017 y siendo rechazada mediante Auto 165/17, dictado por el Juez demandado, interpuso recurso de apelación incidental; sin embargo, hasta la interposición de la acción de libertad, no se remitió antecedentes al Tribunal de alzada; razón por la cual, solicitó se conmine a la autoridad jurisdiccional demandada para que envié tal recurso ante la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; toda vez que, no cumplió con ese acto procesal en el término establecido en el art. 251 del CPP; es decir, dentro de las veinticuatro horas, ocasionándole vulneración a sus derechos de libertad, al debido proceso y a una justicia pronta y oportuna.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- salvo justificación razonable y fundada, como ser las recargadas labores, suplencias, pluralidad de imputados,
- ‘i)
- iv)
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14