SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0549/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0549/2017-S1

Fecha: 31-May-2017

a)

Wilber Choque Cruz, Consejero del Consejo de la Magistratura, presentó informe cursante de fs. 174 a 177, manifestando que: a) Efectivamente se inhabilitó al accionante porque no firmó el formulario de postulación emitido electrónicamente, el cual constituye una declaración jurada voluntaria, donde se acepta las condiciones estipuladas en la convocatoria 01/2017; b) El Reglamento de preselección, selección y designación de jueces de la jurisdicción ordinaria y agroambiental aprobado por Acuerdo 029/2017 de 2 de febrero de 2017, dispone en su art. 13.I 18, que el formulario del sitio web del Consejo de la Magistratura debe estar obligatoriamente firmado, en ese mismo sentido el art. 14.III y IV; de lo que se concluye, que la no firma en el formulario de postulación no es un simple requisito formal y subsanable; sino se contituye en un requisito habilitante; c) La impugnación presentada por el accionante fue considerada en el acta de resoluciones de las impugnaciones de los resultados de exámenes de competencia, de documentos habilitantes y calificación de méritos de los postulantes habilitados de la Convocatoria pública Nacional 01/2017, documento que ratificó su inhabilitación; d) Al no haber sido designado juez, no se lo posesionó ni tomó el juramento de ley; por lo que, el impetrante de tutela no es servidor público judicial con obligaciones y derechos; consiguientemente, no se vulneró su derecho al trabajo; e) La inhabilitación dentro la convocatoria no es un proceso judicial ordinario ni un proceso administratrivo, al contrario el accionante se sometió al mismo de forma voluntaria; y, f) El accionante aceptó todas la condiciones del proceso de selección realizado, no pudiendo alegar desconocimiento y lesión de derechos.

Adrían Zorrilla Valdivia, Sergio Jose Civera Barrero, Isabel Ticona Yupari, Isidro Limachi Aguilar y Juan Carlos Quiroga Colque, miembros de la Oficina Nacional de Dotación y Administración de Personal; Willams Corcuy Romero, Jefe Nacional de Transparencia; todos del Consejo de la Magistratura, no presentaron informe ni se hicieron presentes en audiencia, pese a su legal notificación corriente de fs. 70 a 82.