Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0135/2017-CA
Fecha: 05-Jun-2017
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional; resuelve: RATIFICAR la Resolución 30/2017 de 15 de mayo, cursante de fs. 42 a 43 vta., pronunciada por el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primero del departamento del Beni; y, en consecuencia, RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Ernesto Suárez Satori, ex Gobernador del Gobierno Autónomo Departamental del referido departamento.
- Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primero del departamento del Beni
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazar
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas (…) también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal
- RATIFICAR