Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0148/2017-CA
Fecha: 08-Jun-2017
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional; resuelve: RATIFICAR la Resolución de 18 de mayo de 2017, cursante de fs. 41 vta. a 42 vta., pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Tercero del departamento de Potosí; y, en consecuencia RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Rosario Teresa Chacón y Yaruska Ruth Torres Chacón.
- Juez Público Civil y Comercial Tercero del departamento de Potosí
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- Fragmento 4
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes,
- antes de la ejecutoria de la sentencia”
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR