Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0563/2017-S2
Fecha: 05-Jun-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 13 de abril de 2017, cursante de fs. 164 a 165, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Marcelo Cedeño Vaca contra Luis Antonio Vaca Forero, Rubén Ardaya Chávez e Irma Noé Rodríguez, miembros de la Directiva de la Federación Beniana de Personas con Discapacidad (FEBEPDI).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 4
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- implica necesariamente la existencia de la capacidad de la parte demandada a objeto de presentarse en la demanda; lo que significa que a quien se demande, cuente con la facultad para responder por las obligaciones y/o reconocer los derechos que el accionante procura que se aclaren dentro del proceso instaurado
- En términos absolutamente simples; legitimación pasiva significa, que de quien se pretende algo, si sea la persona que pueda responder al reclamo efectuado.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11
- CONFIRMAR en todo