Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2017-S3
Fecha: 01-Jun-2017
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Rainer Edwin Choque Villegas, Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Challapata del departamento de Oruro, mediante informe presentado el 28 de marzo de 2017, cursante a fs. 16, señaló que si bien por providencia de 23 del referido mes y año se dispuso se expida el mandamiento de libertad; empero, el mismo se dejó sin efecto por Resolución de 27 del mencionado mes y año, puesto que no se cumplió con la segunda parte de la condición impuesta por el Auto de Vista 44/2017; es decir, con la exigencia de una persona de comprobada responsabilidad, requisito que no fue acreditado con documento o elemento alguno.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los presupuestos de activación de la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- comprobada responsabilidad
- CONFIRMAR