SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2017-S3
Fecha: 01-Jun-2017
III.2. Análisis del caso concreto
Identificado el objeto procesal de la presente acción de defensa, corresponde señalar que de la revisión de antecedentes cursantes en obrados, se tiene que, por Auto de Vista 44/2017 de 10 de marzo, los Vocales de la Sala de Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, revocaron el Auto 19/2017 de 20 de enero, que rechaza la cesación a la detención preventiva, y en consecuencia dispusieron la aplicación de medidas cautelares previstas en el art. 288 del CNNA, a favor del menor AA -ahora accionante-, entre ellas la obligación de someterse al cuidado de una persona de comprobada responsabilidad que no tenga antecedentes penales, a constituirse ante el Juez de primera instancia, que garanticen y suscriban el compromiso de cuidarlo -se entiende al menor- (Conclusión II.1.), luego el Secretario del Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Challapata del departamento de Oruro, Freddy Oscar Troncoso Fuentes, por Informe de 23 de marzo de 2017, señaló haberse dado cumplimiento al Auto de Vista 44/2017, toda vez que se hicieron presentes los progenitores del menor AA y Clementina Mamani Ramos de López, garantizando el cuidado y responsabilidad del menor infractor (Conclusión II.3.), ante lo cual la autoridad demandada por proveído de la misma fecha, dispuso se libre mandamiento de libertad -en el día- a favor del menor AA -hoy accionante- (Conclusión II.4.), sin embargo, el mismo se dejó sin efecto por decreto de 27 de igual mes y año, emitido por la misma autoridad demandada, bajo el argumento de no haberse cumplido con todas las condiciones impuestas por el Auto de Vista 44/2017, ya que no se acreditó que Clementina Mamani Ramos de López sea una persona de responsabilidad comprobada, por lo que correspondía subsanar rectificando el error y por ende dejando sin efecto la referida providencia de 23 del citado mes y año (Conclusión II.5.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los presupuestos de activación de la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- comprobada responsabilidad
- CONFIRMAR