Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2017-S3
Fecha: 01-Jun-2017
II.3.
II.3. A través de Informe de 23 de marzo de 2017, el Secretario del Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Challapata del departamento de Oruro, Freddy Oscar Troncoso Fuentes, informó a la autoridad hoy demandada, que en la misma fecha -23 de igual mes y año- se dio cumplimiento al Auto de Vista 44/2017, toda vez que se hicieron presentes los progenitores del menor AA y Clementina Mamani Ramos de López, garantizando el cuidado y responsabilidad del menor infractor (fs. 47).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los presupuestos de activación de la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- comprobada responsabilidad
- CONFIRMAR