Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0533/2017-S2
Fecha: 05-Jun-2017
II.3.
II.3. Nuevamente, por memorial presentado el 20 de diciembre de 2016, el demandante de tutela solicitó a la Jueza de Instrucción Anticorrupción y Violencia Hacia la Mujer del departamento de La Paz, señale día y hora de audiencia para resolver el incidente de actividad procesal defectuosa que fue solicitado en diferentes oportunidades, solicitud que fue respondida mediante decreto de 21 del mismo mes y año, disponiendo audiencia de consideración del incidente para el 30 de diciembre de 2016 (fs. 38).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. La acción de libertad de pronto despacho
- III.3. De los incidentes planteados en materia penal
- el juez o tribunal resolverá los incidentes y dictará los autos interlocutorios dentro de los cinco días
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR