Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0579/2017-S3
Fecha: 19-Jun-2017
I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
La accionante a través de su representante denuncia la lesión de sus derechos a la libertad y al debido proceso, citando al efecto los arts. 13, 22, 115, 256 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 7, 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- I.2.3. Participación de los terceros intervinientes
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- los recursos constitucionales no son la vía o mecanismo idóneo para pedir el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares de habeas corpus y amparo constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR