SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0590/2017-S2
Fecha: 19-Jun-2017
Fragmento 2
Refieren que doscientos efectivos policiales y cincuenta personas civiles se constituyeron el 3 de mayo de 2017, en la urbanización “4 de julio de la ciudad del Alto”, con tractores y retroexcavadoras, valiéndose de un mandamiento de desapoderamiento impreciso, indeterminado y genérico, agrediendo a los habitantes de dicho inmueble, de tal forma que provocó una serie de lesiones a los accionantes, “…ocasionándoles días de impedimento (…), incluso a uno de ellos le encañonaron con el fusil lanza gas en la boca, ocasionándole la pérdida de 12 dientes…” (sic); tampoco, respetaron la presencia de niños ni personas de la tercera edad atentando contra la vida e integridad física de los mismos; excesos que contravinieron lo dispuesto por la orden de mandamiento de desapoderamiento librado por la Jueza de Sentencia Penal Segunda de El Alto, donde únicamente se estableció la orden de allanamiento de rotura de chapas y candados encomendando la ayuda de la fuerza pública a efectivos policiales y no así de personas civiles e incluso sin existir una orden de demolición. Añadió que los “demandados” dieron la orden a los tractores y retroexcavadoras para que procedan a la demolición de todos los bienes e inmuebles sus representados.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad y el funcionario judicial demandados
- denegó
- II.5.
- II.7
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad
- la acción de libertad que tiene como objetivo principal proteger y restablecer los derechos fundamentales a la libertad personal, la vida cuando se encuentre en peligro así como los derechos a la integridad física, a la libertad de locomoción y al debido proceso cuando éste se encuentre directamente vinculado con la libertad personal
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR