Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2017-S1
Fecha: 27-Jun-2017
II.7.
II.7.Jenny Calcina Cortez, Secretaria Departamental de Derechos de la Madre Tierra del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, por informe efectuado en la audiencia de consideración de la acción de amparo constitucional de 7 de febrero de 2017, señaló que el recurso de revocatoria no existe, teniéndose solo un memorial de 20 de julio de 2016, por el que se solicita incidente de nulidad de obrados (fs. 7)
- Fragmento 1
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- III.
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- 2) La impugnabilidad, pues el administrado puede reclamar y demandar se modifique o deje sin efecto un acto que considera lesivo a sus derechos e intereses;
- es impugnable en sede administrativa
- III.3. Clasificación de los actos administrativos por su contenido
- III.4. Mecanismos de impugnación en materia ambiental
- III.5. Principio pro actione
- III.6. Principio de informalismo
- III.7.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR