Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0627/2017-S3
Fecha: 30-Jun-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la presunción de inocencia, a la defensa, a la celeridad de justicia y a la certidumbre jurídica, en razón a que la Jueza ahora demandada al emitir la Resolución 101/2016 de 30 de diciembre no fundamentó ni valoró adecuadamente la prueba presentada de su parte para desvirtuar los riesgos procesales que motivaron su detención preventiva, pero también, al negarse a fundamentar la inaplicación del art. 232 del CPP y valorar la prueba presentada en relación al estado de gestación en el que se encuentra.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- NO SE DEMOSTRO LA LEGALIDAD DE LAS VICTIMAS
- LEVE ACELERACION CARDIACA FETAL
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La aplicación de medidas cautelares establecidas en este Código será excepcional
- deberá considerar para su aplicación, por una parte, el carácter excepcional de esta medida cautelar
- antes de imponer la detención preventiva de la gestante o madres durante la lactancia de hijos menores de un año, la autoridad competente tiene el deber de agotar todas las posibilidades de aplicar otras medidas cautelares alternativas o sustitutivas previstas por ley
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR