Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0632/2017-S3
Fecha: 30-Jun-2017
II.2.
II.2. Mediante providencias de 17 de febrero, 22 de abril, 27 de julio y 15 de noviembre, todas de 2016, emitidas por Daniel Rolando Copa Roque, Juez de Instrucción Penal Primero de la Capital del departamento de Oruro -hoy demandado-, se dispuso que el Ministerio Público informe a su despacho acerca del cumplimiento de la notificación personal a la víctima con el sobreseimiento dispuesto a favor de la ahora accionante y la existencia de impugnaciones al mismo (fs. 41, 46 vta., 53 y 61 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no siendo el recurso de amparo constitucional la vía idónea para ese fin, habida cuenta que se activa solamente ante la vulneración clara y efectiva de un derecho fundamenta
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR