SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2017-S3

Fecha: 30-Jun-2017

El debido proceso es el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo. Comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que una persona a quien se le imputa la comisión de un delito o contravención, pueda defenderse adecuadamente.

En cuanto al debido proceso, la mencionada Sentencia, estableció que:El debido proceso es el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo. Comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que una persona a quien se le imputa la comisión de un delito o contravención, pueda defenderse adecuadamente. Su cumplimiento es obligatorio, así lo determinó la SC 0119/2003-R de 28 de enero, que sostuvo: ‘...el derecho al debido proceso es de aplicación inmediata, vincula a todas las autoridades judiciales o administrativas y constituye una garantía de legalidad procesal que ha previsto el constituyente para proteger la libertad, la seguridad jurídica y la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales’.