Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2017-S2
Fecha: 19-Jun-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 11 de mayo de 2017, cursante de fs. 308 vta. a 310, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Jhenny Ramos Urapobi contra Víctor Hugo Condorcett Murillo y Lili Janett Fiorilo de Condorcett, propietarios y representantes legales; y, Viviana Melgar Montero, Jefa de Recursos Humanos (RR.HH.), todos de la Estación de Servicio “San Luis”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la protección constitucional de los progenitores de niñas o niños menores de un año, traducida en su inamovilidad laboral
- previo cumplimiento por parte del empleador público o privado de los procedimientos que fijan las normas para extinguir la relación laboral
- y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad’
- empero, tratándose de resguardar y/o proteger derechos primarios de la mujer trabajadora embarazada y del ser en gestación, cuya protección es urgente e inmediata, ante el retiro intempestivo de la fuente laboral que provoca la suspensión del derecho a la seguridad social que a su vez resguarda y garantiza el derecho a la salud, poniendo en riesgo el derecho a la vida que no puede estar supeditado al agotamiento previo de otras vías o instancias legales, es decir, no se sujeta al principio de subsidiariedad, característica de esta acción, debiendo hacer abstracción del mismo con el fin de tutelar en forma prioritaria e inmediata los derechos a la vida y a la salud como parte de la maternidad.
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo