SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0661/2017-S3
Fecha: 30-Jun-2017
a)
Mediante nota interna SEPDEP/DDLP/DP 012/2017 de 3 de abril, presentada ante la Directora Departamental del Servicio Plurinacional de Defensa Pública (SEPDEP) de La Paz, solicitó -a través de su representante- la concesión de la amnistía a su favor, en aplicación del Decreto Presidencial 3030 de 24 de diciembre de 2016 -amnistía e indultos-, requiriendo acogerse al mismo, conforme establece el art. 2.I inc. a) del referido Decreto Presidencial, haciendo conocer que: a) Guarda detención preventiva en el Centro de Custodia “Patacamaya” de La Paz; b) Su petición se enmarca en el artículo antes mencionado que refiere: “‘Procesadas por delitos cuya pena sea menor o igual a cinco (5) años’” (sic); y, c) Conforme al Certificado de permanencia y conducta emitido por el mencionado Centro de Custodia, solo guarda detención preventiva o está siendo procesado por el delito señalado ut supra, tipo penal que tiene una pena privativa de libertad de uno a tres años, de lo cual se infiere que el tipo penal por el que fue imputado tiene una pena menor a cinco años, lo que le habilita para acogerse a dicho beneficio.
…para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad’” (las negrillas nos corresponden).
- acción de libertad
- a)
- EXCLUYE EL TIPO PENAL DE HOMICIDIO
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR