SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0661/2017-S3
Fecha: 30-Jun-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante considera lesionados sus derechos de petición, a la libertad y al debido proceso, por cuanto la autoridad demandada devolvió la carpeta de solicitud de amnistía desconociendo la esencia del Decreto Presidencial 3030, incurriendo en una mala aplicación de la norma -art. 3 inc. b) del referido Decreto Presidencial-, al señalar que se encontraría dentro de las exclusiones para ser beneficiado con la amnistía, por ser procesado por el delito de homicidio; no obstante que el tipo penal atribuido a su persona se encuentra tipificado en el art. 261 del CP -homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito-, siendo este otro tipo penal y que tiene una pena de uno a tres años, por lo que no existe razonamiento legal por el cual se encontraría en las exclusiones para beneficiarse con la amnistía solicitada.
- acción de libertad
- a)
- EXCLUYE EL TIPO PENAL DE HOMICIDIO
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR