AUTO CONSTITUCIONAL 0202/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0202/2017-CA

Fecha: 06-Jul-2017

cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes,

En tal sentido, el art. 73.2 del CPCo, establece que la acción de inconstitucionalidad concreta procederá: “…en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas nos corresponden).