AUTO CONSTITUCIONAL 0202/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0202/2017-CA

Fecha: 06-Jul-2017

Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda del departamento de La Paz

En consulta la Resolución 188/2017 de 19 de junio, cursante de fs. 143 a 144, pronunciada por la Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda del departamento de La Paz por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Nancy Mancilla Torrez demandando la inconstitucionalidad de los arts. 54.IV en la frase: “…y su aplicación no se considera privación de libertad…” y 55.II en el texto: “…no se considera privación de libertad…” del Código Niña, Niño y Adolescente -Ley 548 de 17 de julio de 2014-, y, 57 en la frase “…esta información será requerida por la autoridad judicial cada (3) meses…” y del Decreto Supremo (DS) 2377 de 27 de mayo de 2015 -Reglamento a la Ley 548 Código Niña, Niño y Adolescente-, por ser presuntamente contrarios a los arts. 1, 8, 9.1.2 y 4, 13, 14.I y II, 15.I, 21.I, 22, 23.I y III, 58, 59.I y II, 60, 70.1, 71.I, 73, 109.I, 114.I, 115, 119, 120.I, 180 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).