AUTO CONSTITUCIONAL 0228/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0228/2017-RCA

Fecha: 05-Jul-2017

I.5. Síntesis de la impugnación

El accionante, manifiesta que la acción tutelar presentada fue subsanada oportunamente y habiéndose señalado audiencia, por representación de la Oficial de Diligencias de ese despacho judicial de 5 de junio de 2017, se puede colegir que se apersonó a las oficinas de la UNIPOL Mariscal Antonio José de Sucre y no así al Comando General de la Policía Boliviana y al haberse anulado la Resolución que señalaba audiencia, solicitando se subsane el mismo, el cual fue debidamente cumplido; sin embargo, omitió que conforme a los arts. 68, 69, 70, 72 y 73 del Reglamento de Personal de la Policía Boliviana, los funcionarios policiales al acogerse a la jubilación y pasar al servicio pasivo, no pierden la vinculación con la Policía Boliviana, obró conforme a derecho motivo por el cual su acción debió ser admitida.