Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0244/2017-RCA
Fecha: 06-Jul-2017
a)
Solicita se le conceda la tutela, disponiendo: a) Se anule y deje sin efecto la notificación; b) Se ordene se proceda a notificar con el Auto de Vista de 5 de diciembre de 2016 a su mandante; c) Se deje sin efecto la orden del mandamiento de desapoderamiento librada por el Juez Público Civil Decimosegundo de departamento de Santa Cruz; y d) Se remita antecedentes al Ministerio Público con el objetivo de lindar responsabilidades penales en contra de los ahora demandados.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente “in limine”
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de sus derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
- II.2. Sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional por concurrir el principio de subsidiariedad.
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en consulta
- improcedencia “in limine”
- CONFIRMAR