Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0244/2017-RCA
Fecha: 06-Jul-2017
Fragmento 1
En revisión la Resolución 11 de 16 de junio de 2017, cursante de fs. 453 a 454, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Elena Teresa Chajtur Viuda de Cueto contra Alain Núñez Rojas y Samuel Saucedo Iriarte, Vocales de la Sala Civil Comercial Familiar de la Niñez y Adolescencia Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente “in limine”
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de sus derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
- II.2. Sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional por concurrir el principio de subsidiariedad.
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en consulta
- improcedencia “in limine”
- CONFIRMAR