SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2017-S1

Fecha: 12-Jul-2017

III.

El accionante considera que vulneraron su derecho al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación y congruencia, así como el principio de verdad material; habida cuenta que, dentro del proceso de divorcio que se le instauró, en la vía incidental solicitó el reconocimiento de pasivos de la comunidad de gananciales respecto a una deuda y dos anticréticos; emergente de ello, la Jueza de la causa emitió Auto de 28 de abril de 2016, confirmando lo dispuesto en la providencia de 23 de febrero del mismo año, dicho pronunciamiento presuntamente se habría realizado sin explicar el motivo de no haber resuelto conforme al Auto Supremo 286/2015-L de 30 de abril, extremo que fue el punto central para el planteamiento de dicho incidente; motivo por el cual, impugnó el Auto referido, pronunciándose así el Auto de Vista S.C.C.F.II 398/2016 de 12 de octubre, confirmando la Resolución recurrida, dicho Auto tampoco hizo mención al Auto Supremo reclamado, incurriendo los Vocales codemandados –al igual que la Jueza a quo– en falta de fundamentación, motivación y congruencia, haciendo prevalecer el derecho formal sobre el material; es así que, considerando la subsistencia de agravios contra su persona interpuso la presente acción tutelar, con el objeto que sus derechos le sean restablecidos.