SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2017-S2

Fecha: 03-Jul-2017

denegó

El Tribunal de Sentencia Décimo Primero del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 04 de 27 de marzo de 2017, cursante de fs. 77 a 78, denegó la tutela solicitada, ordenando que el Tribunal de Sentencia demandado, dentro de las veinticuatro horas señale la audiencia correspondiente para resolver los incidentes planteados y definir su situación jurídica; bajo los siguientes fundamentos: a) El art. 44 del CPP, señala que la competencia de los jueces o tribunales penales es improrrogable y al ser competentes para conocer un proceso penal lo son también para resolver todas las cuestiones o incidentes que se susciten en el curso del mismo; en mérito a ello, el Tribunal de Sentencia demandado, al tener conocimiento del presente proceso, por estar continuando con la etapa de juicio, tiene todas las facultades de resolver los incidentes planteados; y, b) El principio de subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, refiere fundamentalmente que en caso de existir mecanismos procesales idóneos y oportunos para restituir el derecho a la libertad, persecución o procesamiento indebido deben ser utilizados por el afectado y sólo en los casos en los que no hayan sido restituidos los derechos vulnerados operará esta acción tutelar; es decir, el accionante debe agotar todas las vías ordinarias para recién plantear acción de libertad, por lo que no se resolverá el fondo del problema planteado, correspondiendo acudir previamente ante el Tribunal de Sentencia demandado para que éste resuelva lo denunciado.