SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2017-S2

Fecha: 03-Jul-2017

i)

Mariela Toledo Durán, Fiscal de Materia, mediante informe oral manifestó lo siguiente: i) El Juez o Tribunal de garantías no tiene competencia para resolver incidentes y menos anular obrados porque existen mecanismos procesales específicos a cargo del juez de control jurisdiccional para resolverlos, en el caso que nos ocupa el demandante de tutela no ha hecho prevalecer sus derechos ante dicho control y pretende anular obrados vía acción tutelar; ii) La aprehensión fue ejecutada en mérito a la orden librada por la Jueza cautelar al haber sido declarada su rebeldía; iii) El acusado tiene varios procesos en los que se emitieron órdenes de aprehensión, por lo que si bien evidentemente se conocía la dirección de su domicilio real; empero, se desconocía su paradero; iv) El procesado fue presentado ante el Tribunal de Sentencia Penal Segundo del departamento de Santa Cruz en calidad de aprehendido y velando precisamente por su libertad se señaló audiencia de medidas cautelares el mismo día de su aprehensión la misma que fue suspendida en dos oportunidades por causas atribuibles solamente a su persona, la primera porque a pesar que se le designó Defensor Público quería ser asistido por un abogado de su confianza; y, la segunda debido a que su defensora observó que el Tribunal de Sentencia Penal demandado, no podía realizar audiencias en día sábado; por lo que él mismo prolongó su aprehensión; y, v) Finalmente, al no haberse cumplido con el requisito de subsidiariedad excepcional, solicita se deniegue la tutela impetrada.