SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0664/2017-S1
Fecha: 12-Jul-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denunció la lesión de sus derechos al debido proceso en su elemento de congruencia y defensa; y, a la “seguridad jurídica”; toda vez que, dentro del proceso penal que se le sigue por la supuesta comisión del delito de suministro de sustancias controladas, el Juez de la causa ordenó su detención preventiva por concurrir el riesgo procesal inserto en el art. 235.1 del CPP; el Ministerio Público interpuso recurso de apelación que fue resuelto por los Vocales hoy demandados, quienes declararon parcialmente procedente el indicado medio de impugnación, dejando latente el art. 234.10 del referido Código por considerar que el delito por el que se le imputa es de lesa humanidad, a raíz del Auto de Vista de 1 de diciembre de 2016 no puede obtener su libertad ya que todas las solicitudes de cesación a la detención preventiva son rechazadas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.3. De la Congruencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR