SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0675/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0675/2017-S3

Fecha: 17-Jul-2017

III.2.  Análisis del caso concreto

El accionante a través de su representante denuncia la vulneración de sus derechos invocados en esta acción tutelar, puesto que, en la causa penal seguida en su contra, tras apelar el ilegal Auto interlocutorio de rechazo a su incidente de cambio de recinto penitenciario, el Tribunal de alzada con argumentos vacíos y a través de una incorrecta compulsa de los antecedentes del caso confirmó el fallo apelado.

         De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados se tiene la solicitud de cambio de recinto penitenciario presentada por el ahora accionante a través de su representante (Conclusión II.1.), misma que fue resuelta por los Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de Pando -hoy codemandados- mediante Auto Interlocutorio de 7 de febrero de 2017, quienes rechazaron el incidente presentado (Conclusión II.2.), motivo por el cual el primero nombrado formuló recurso de apelación incidental (Conclusión II.3.), el cual fue resuelto por los Vocales de la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia del citado departamento -ahora demandados- mediante Auto de Vista de 31 de marzo del mismo año, determinando la improcedencia del recurso interpuesto y en consecuencia, confirmando el fallo apelado (Conclusión II.4.).        

Previo a ingresar al análisis de la problemática, corresponde aclarar que la revisión de las decisiones asumidas en sede judicial se efectúa a partir de la última resolución pronunciada, en razón a que ella tuvo la posibilidad de corregir, enmendar y/o anular las determinaciones dispuestas por las autoridades de menor jerarquía. En ese sentido, se procederá al análisis a partir del Auto de Vista de 31 de marzo de 2017.