SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2017-S1

Fecha: 19-Jul-2017

Fragmento 28

Remitido el Auto 553 en grado de revisión, la Sala Penal Segunda del Tribunal departamental de Justicia de Santa Cruz, conformada por los Vocales ahora demandados, mediante Auto de Vista 124, resolvió por aceptar la recusación formulada por Carmiña Marlene Bustamante Vargas contra el aludido Juez, disponiendo además que el último se aparte del conocimiento del proceso penal seguido contra el accionante, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, con el argumento de: “Que; de la revisión de los antecedentes de los datos del proceso, se llega a establecer que el Juez del Juzgado de Sentencia Penal noveno, Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer, Dr. Juan Coronado Camacho, al no allanarse a la recusación formulada por la Víctima Carmiña Marlene Bustamante Vargas, ha procedido de forma incorrecta, toda vez que los motivos invocados por la parte querellante para solicitar la recusación están enmarcados y dentro de los alcances previsto por el art. 316 numeral 5) del Código de Procedimiento Penal, en el entendido de que el mismo no tendría una postura enmarcada bajo los principios de igualdad e imparcialidad que debe caracterizar a todos los jueces y demás autoridades judiciales, lo que motivo que la recusante presente una denuncia ante el consejo de la magistratura contra el Dr. Juan Coronado Camacho, Juez del Juzgado de sentencia Penal noveno, Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer, tal como lo tiene acreditado en fs. 5 a 7, denuncia recepcionada en fecha 26 de octubre de 2016, más aun ahora después de la denuncia queda comprometida su imparcialidad porque el hecho de tener proceso disciplinario con la parte civil, está afectando su estado emocional del juzgador, entonces no podemos decir que este juez va ha fallar con objetividad” Sic. (fs. 52 a 53).