sENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0700/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

sENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0700/2017-S2

Fecha: 03-Jul-2017

1)

Sergio Arturo Calabi Vacaflor, Gerente General, Claudia Parada Noi, Jefa de Recursos Humanos (RR.HH.); Tonchi Eterovic Nicoevic y Carla Mónica Martínez, Representantes Legales, todos de trabajadores de INPASTAS S.A., en audiencia, mediante su abogada manifestó: 1) El despido del trabajador fue por indisciplina y no cumplir con las normas establecidas dentro de la empresa, y en ningún momento se tomó represalias contra el trabajador por el hecho de que estaba formando un sindicato; 2) INPASTAS S.A., es una empresa que se dedica a la fabricación de alimentos diarios para la población, se trabaja con normas de calidad, y está prohibido ingresar alimentos, el trabajador no puede estar acullicando coca, además existe el art. 7 de la Ley de Higiene y Seguridad Ocupacional, donde se establece las obligaciones de los trabajadores que deben cumplir; 3) Los dos memorándums que se ha entregado al trabajador, fue por incumplimiento a las leyes, uno por acullico de coca y el otro por poner en riesgo la seguridad de sus compañeros de trabajo al no utilizar el lente y su material de trabajo; y, 4) Ante la declinatoria de competencia del Jefe Departamental del Trabajo, el accionante acudió al Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, donde se emitió la Resolución revocando la misma e instruyendo a la empresa a la reincorporación a su fuente laboral, determinación que no fue cumplida por cuanto se inició una demanda laboral impugnando la Resolución Ministerial, porque la ley los faculta.