sENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0700/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

sENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0700/2017-S2

Fecha: 03-Jul-2017

Fragmento 16

Al respecto esta Sala a través de la SCP 0680/2016-S2 de 8 de agosto, ha realizado el cambio de línea jurisprudencial en relación a las solicitudes de pago de salarios devengados y otros derechos sociales dispuestos en la conminatoria de reincorporación, establecidos en la SCP 0386/2015-S3 de 22 de abril, que establecía: ”En lo que respecta a los salarios devengados, la justicia constitucional no se encuentra habilitada para establecer la dimensión ni la cuantía de los pagos que podrían corresponder; pues, dicha decisión corresponde ser efectuada por las autoridades administrativas y/o judiciales, que con mayor debate analizarán las pruebas de descargo y cargo que se presenten…”; entendimiento jurisprudencial que fue cambiado por la Sentencia antes citada, en la que se razono de la siguiente manera: “…no resultaría lógico establecer que deba cumplirse una parte de la conminatoria (referente a la reincorporación) y se incumpla otra (respecto al pago de sueldos devengados y otros derechos también dispuestos por la administración laboral), cuando dicha posibilidad no se encuentra contemplada ni regulada por la normativa laboral de nuestro Estado ni por nuestra Constitución Política del Estado.