SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0721/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0721/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

1)

Ricardo Pinto, Juez Primero de Instrucción Anticorrupción y Lucha Contra la Violencia hacia la Mujer de El Alto del departamento de La Paz, en audiencia, refirió que: 1) La acción tutelar no es clara pues en un inicio se dirige al “Sr. Comandante” (sic); 2) Sobre el desconocimiento de la situación del accionante, fue el mismo quien refirió que estaba en calidad de aprehendido; 3) Respecto a la supuesta aprehensión ilegal que reclama el impetrante de tutela, de conformidad a las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0741/2012 de 13 de agosto, y la 2020/2013, entre otras, la acción tutelar en cuestión resultaba subsidiaria; toda vez que, los reclamos debieron exponerse ante el juez de instrucción Penal que conocía la causa; 4) No obstante a que se presentó un memorial, ante su juzgado –que tampoco resultaba claro en su contenido– denunciando la ilegalidad de la aprehensión, el mismo se encontraba debidamente providenciado, señalando que los argumentos del accionante se considerarían en audiencia de forma previa a entrar al fondo de la aplicación de alguna medida cautelar si correspondiera; y, en consideración a la imputación formal que se presentó en horas de la tarde, el mismo día; y, 5) El impetrante de tutela, no tomó en cuenta el art. 132 del CPP, que indicaba los plazos procesales y otorgaba veinticuatro horas para emitir un proveído; toda vez que, hizo uso inadecuado de la vía constitucional, además en desmedro de los principios de lealtad procesal y buena fe; por lo que, solicitó se deniegue la tutela.