SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0724/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
II.4.
II.4. Consta el acuerdo de consentimiento para someterse a la tramitación anticipada del proceso bajo medida socioeducativa, suscrita el 26 de mayo de 2017, entre Delia Egüez Fernández madre de NN, abogado de la defensa y John Marca Tintaya, Fiscal de Materia; y, cursa el requerimiento conclusivo de terminación anticipada de proceso, de la misma fecha, por el cual, se solicitó que contra el procesado NN, pueda imponerse una pena atenuada, debido a que admitió la comisión del delito de lesiones graves y leves, y robo agravado, previstos y sancionados en los arts. 272 y 332 del Código Penal (CP), cuya pena es de tres a diez años de reclusión; y se determine la aplicación de medidas socioeducativas con restricción de libertad, puesto que el imputado acepta someterse a la detención domiciliaria, renunciando el juicio oral y público (fs. 27 a 29 vta.).