Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0726/2017-S2
Fecha: 31-Jul-2017
a)
Solicita se conceda la tutela, ordenando a) Que la empresa de Radio Taxi “UBER” asuma las reparación de daños ocasionados a la acciónate y dictamine que la autoridad de regularización y fiscalización de Telecomunicaciones y Transporte (ATT) proceda a regular la empresa de servicio público demanda, b) Así como a la agencia para el desarrollo de la sociedad de la información en Bolivia (ADSIB), dependiente de la Vicepresidencia del Estado a objeto de bloquear la cuenta de internet de la empresa de Radio Taxi “UBER” mientras no regularice su servicio.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegando
- III.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- La acción de libertad es una acción tutelar de carácter extraordinario, instituida en la Constitución Política del Estado en el art. 125, manteniendo el mismo carácter y finalidad de protección a la libertad física o personal, o de locomoción y al debido proceso vinculado con la libertad, además de haber ampliado su ámbito de aplicación y protección haciéndola extensible al derecho a la vida, por lo que se constituye en una garantía constitucional por el bien jurídico primario (vida) y fuente de los demás derechos del ser humano
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 8
- Fragmento 9