SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0746/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0746/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

II.4.

II.4.  La Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista 19/2017 de 24 de enero, resolviendo la apelación interpuesta contra la Resolución 323/2016 que declaró improbada la excepción de inejecutabilidad de sentencia; en la parte relevante del Considerando III la misma establece: “… se ha acreditado que el avaluó pericial realizado al inmueble rematado, lote de terreno N° 2 con superficie de 224 m2, ubicado en el manzano ‘C’, Calle Manuel Iturri de la zona El Gramadal próximo a Seguencoma, fue realizado sin establecer el numero catastral  y en la minuta de transferencia se consigna el Catastro N° 35-14-38, resultando esta la problemática ahora planteada.

De lo anterior se evidencia que no se tiene certeza sobre la ubicación exacta del bien inmueble a desapoderar, en ese sentido y a fin de evitar el menoscabo de un derecho, corresponde al juez a quo, en virtud al principio de verdad material, abrir término incidental probatorio, con el objeto de que las partes contendientes ofrezcan todos los medios probatorios que establezcan la ubicación exacta del bien inmueble, asimismo, el a quo, disponer se oficie al Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, a objeto de que informe el Número de catastro del bien inmueble rematado, asimismo, disponer que la entidad ejecutante presente la Escritura Pública y Folio Real del bien inmueble objeto de garantía y otros destinados a esclarecer la ubicación del bien inmueble dado en garantía” (sic); en consecuencia anuló la Resolución 323/2016, en aplicación del   art. 218.II.4 del Código Procesal Civil (CPC) (fs. 467 a 468 vta.).