Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0754/2017-S2
Fecha: 31-Jul-2017
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Adonay Cuellar Vaca, Gerente General a.i. del Seguro Integral de Salud “SINEC”, por memorial de 7 de junio de 2017, cursante a fs. 76 y vta., adjuntando certificado médico de la demandada Inés Carola Añez Chávez, respecto a una baja médica, solicitó la suspensión de audiencia pública, no asistiendo al referido actuado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II
- III.1. El derecho a la libertad sindical y el fuero sindical
- III.2. Estabilidad laboral reforzada de los representantes sindicales
- En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR