Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0754/2017-S2
Fecha: 31-Jul-2017
II.1.
II.1. La COD de Santa Cruz, el 16 de junio de 2016, emitió la Resolución de Reconocimiento C.O.D. Cite: 180/16 del Sindicato Único de Trabajadores del Seguro Integral de Salud “SINEC”, figurando como parte del Directorio el accionante, quien fue elegido el 8 de ese mes y año, como Secretario General de dicho Sindicato, por las gestiones 2016 a 2018; posteriormente, la Jefatura Departamental del Trabajo de Santa Cruz dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, dictó la Resolución Administrativa 067/16, reconociendo al Directorio del referido Sindicato (fs. 9 a 11).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II
- III.1. El derecho a la libertad sindical y el fuero sindical
- III.2. Estabilidad laboral reforzada de los representantes sindicales
- En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR