Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Por decreto constitucional de 22 de febrero de 2017, se suspendió el cómputo de plazo por solicitud de documentación requerida; reanudándose por decreto de 27 de julio de igual año, siendo notificadas las partes el 27 de igual mes y año, a cuyo efecto la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, es emitida dentro del término legal
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- ,
- “LA IMPROCEDENCIA”
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- Para que la jurisdicción constitucional analice la actividad interpretativa realizada por los tribunales de justicia, los accionantes deben hacer una sucinta pero precisa relación de vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa-argumentativa desarrollada por la autoridad judicial.
- a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER en parte