SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

a)

Interpuesto el recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, los entonces miembros de la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Violencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a través del Auto de Vista 16 de 11 de enero de 2017, revocaron en parte la Sentencia impugnada y declararon probada la excepción de falta de fuerza ejecutiva bajo los siguientes fundamentos: a) La falta de fuerza ejecutiva del documento base del proceso resulta cierta; toda vez que, la obligación perseguida no tiene plazo vencido, por cuanto esa escritura pública solo establece que la devolución de $us160 000.- (ciento sesenta mil dólares estadounidenses) deberá ser efectuada en el plazo máximo de cuarenta y ocho meses, computables a partir del 10 de noviembre de 2014; b) En el segundo párrafo de la “cláusula referida” (sic) se estableció que el deudor podrá realizar la devolución parcial en forma anticipada; y, c) Al no haberse cumplido el plazo pactado para el pago de la obligación, la no efectivización de la devolución parcial no otorga al acreedor el derecho de aceleración del cumplimiento de la obligación.