SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

concedió

El Juez Público Civil y Comercial Décimo del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 03/17 de 24 de marzo de 2017, cursante de fs. 234 a 236 vta., concedió la tutela solicitada por el representante legal de la CBN S.A., anulando el Auto de Vista 16 de 11 de enero de 2017, y ordenando que las autoridades demandadas emitan una nueva resolución debidamente motivada y fundamentada; determinación asumida en base a los siguientes fundamentos: a) En el Auto de Vista cuestionado, Adhermar Fernández Ripalta y Edgar Molina Aponte, entonces Vocales de la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Violencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en forma escueta y breve racionalizaron su determinación de revocar en parte la Sentencia dictada en el proceso instaurado por la parte accionante, para posteriormente declarar probada la excepción de falta de fuerza ejecutiva “sin valorar mayormente esa ausencia de motivación” (sic); b) La ausencia de motivación en el Auto de Vista 16, se hace evidente cuando en el primer considerando se menciona el art. 265.I –no se especificó de qué cuerpo legal−, norma que obliga a toda autoridad judicial a circunscribir sus decisiones a los agravios de los apelantes; ahora bien, esa ausencia de motivación implica un vicio formal que conlleva a la nulidad de ese Auto de Vista; y, c) Los Vocales demandados debieron circunscribirse a todos los agravios denunciados por los apelantes, y en cada uno de ellos fundarlos fáctica y jurídicamente; en el caso concreto, la ausencia de motivación y fundamentación conlleva la lesión del derecho al debido proceso y a la “seguridad jurídica”.