SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

tomó una determinación respecto a la idoneidad jurídica del título base del proceso ejecutivo

Lo mencionado hace evidente que el Auto de Vista cuestionado a través de la acción de amparo constitucional, tomó una determinación respecto a la idoneidad jurídica del título base del proceso ejecutivo instaurado por la parte accionante; ahora bien,  confrontando ese hecho con el supuesto de improcedencia de la acción de amparo constitucional mencionada en el Fundamento Jurídico III.3 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional –excepción de falta de fuerza ejecutiva−, se concluye que concurre una causal de subsidiariedad que obliga a este Tribunal a denegar la tutela invocada por la CBN S.A., en razón a que la presente acción tutelar al emerger de un proceso ejecutivo en el que los Vocales hoy demandados establecieron la falta de idoneidad de la escritura pública 576 de 28 de noviembre de 2014, no puede suplir al proceso ordinario posterior regulado por el art. 386 del Código Procesal Civil (CPC), previsto como mecanismo procesal idóneo al que puede acudir la parte que se encuentre en disconformidad con la decisión tomada en un proceso ejecutivo, a efectos de que en proceso ordinario se modifique esa decisión.

Correspondía que la parte accionante acuda al proceso ordinario posterior a efectos de que en esa instancia se analice y debata la determinación asumida por los Vocales hoy demandados respecto a la falta de fuerza ejecutiva de la escritura pública 576, pues ese es el mecanismo idóneo que el Código Procesal Civil tiene previsto para que esa decisión emergente de un proceso ejecutivo sea revisada; sin embargo, al haber activado de manera directa la presente acción tutelar incumplió el principio de subsidiariedad que rige este mecanismo de defensa, correspondiendo denegar la tutela invocada.