Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0800/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
II.1.
II.1. Memorial de 16 de Marzo de 2017; a través del cual, Cidar Reynaldo Pérez Soriagalvarro –ahora accionante– interpuso incidente de nulidad de obrados dentro del proceso de homologación de asistencia familiar seguido en su contra; alegando que la beneficiaria al ser mayor de edad, su madre carece de representación legal en dicho proceso; además de haber sido notificado con la demanda en un domicilio incorrecto al señalado por su persona (fs. 13 a 14).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- ha dejado establecido que la obligación de cumplir con la asistencia familiar es inexcusable bajo prevención de expedirse mandamiento de apremio, esto porque está vinculada a derechos fundamentales cuyos titulares son menores de edad, a quienes la Constitución Política del Estado en su art. 193, les otorga especial protección
- Fragmento 12
- I. La obligación de asistencia familiar es de interés social. Su oportuno suministro no puede diferirse por recurso o procedimiento alguno, bajo responsabilidad de la autoridad judicial.
- Fragmento 14
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR