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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0987/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0987/2017-S1

    Fecha: 25-Jul-2017

    Fragmento 11

               En este mismo contexto constitucional el art. 49.III de la CPE, establece que: “El Estado protegerá la estabilidad laboral”, prohibiendo expresamente el despido injustificado y toda forma de acoso laboral, dejando para el desarrollo normativo, las sanciones correspondientes ante el incumplimiento de lo establecido.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 10
    • Fragmento 11
    • Fragmento 12
    • III.1.2 Respecto al derecho a la estabilidad laboral
    • Fragmento 14
    • III.2.  Sobre
    • en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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