SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0987/2017-S1
Fecha: 25-Jul-2017
II.
II.2. Mediante contrato a plazo fijo 26/2015 de 2 de febrero, la UMSS, representada legalmente por Waldo Jiménez Valdivia, Elmer Pérez Amador, Director Administrativo Financiero, Jaime Cáceres Montero, Jefe del Departamento de Personal y Jersson Elías Quispe Amaru, a solicitud de la Dirección y Coordinación (DPA) PTAANG, suscribieron el mencionado contrato a plazo fijo, designándolo en el cargo de ADMINISTRATIVO, cuya vigencia del contrato correrá a partir del 2 de febrero de 2015 hasta el 18 de diciembre de igual año. De igual modo, por contrato a plazo fijo 54/2016 de 18 de enero, la mencionada Universidad, representada legalmente por Luis Garvizu Montaño, Rector, Felipe Torrico Sánchez, director Administrativo a.i., Jaime Cáceres Montero, Jefe del Departamento de Personal Administrativo y Jersson Elías Quispe Amaru (en el cargo de ADMINISTARTIVO), firmaron dicho contrato para que cumpla funciones administrativas en la DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN (DPA) PTAANG, vigente desde el 18 de enero de 2016 hasta el 23 de diciembre del citado año (fs. 6 a 7).
II.3. Cursa nota de 26 de febrero de 2015, a través de la cual, Maritza Arnez Torrico, Jefa del PTAANG con el Visto Bueno de Elena Ferrufino Coqueugniot, Directora de DPA, informaron la conformidad del servicio como ejecutadas satisfactorias de Jersson Elías Quispe Amaru – del PTAANG, a Elmer Pérez Amador, Director Administrativo Financiero (fs. 361 a 365).
II.4. El 26 de agosto de 2016, Roger Arturo Arnez Osinaga, Jefe del PTAANG, mediante nota PT-905/16, remitió al ahora accionante, fotocopia de sus funciones como responsable académico del PTAAG, que fue aprobado mediante R.R. 478/16; y, por su experiencia y conocimiento en el tema lo comisionaron en la administración de la página web del PTAANG (fs. 12 a 14).
II.5. De igual modo, Roger Arturo Arnez Osinaga, Jefe del PTAANG, el 22 de diciembre de 2016, a través de nota PT-1358/16 SIDOC 367, solicitó a Juan A. Ríos del Prado, Rector de la UMSS, contrato a plazo fijo para la gestión 2017- personal PTAANG, recomendando su contratación a plazo fijo a Jersson Elías Quispe Amaru, por su alto sentido del deber y su cualificación para las actividades del programa. Asimismo, el Jefe del PTAANG, mediante cite PT-003/17 SIDOC 003 de 3 de enero, reiteró su pedido de contrato a plazo fijo gestión 2017 – personal PTAANG al Rector de la nombrada Universidad, nota que propone su contratación del ahora peticionante de tutela (fs. 15 a 17).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.1.2 Respecto al derecho a la estabilidad laboral
- Fragmento 14
- III.2. Sobre
- en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR