AUTO CONSTITUCIONAL 0278/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0278/2017-RCA

Fecha: 02-Ago-2017

Contra actos consentidos libre y expresamente

El art. 53.2 del CPCo, señala que la acción de amparo constitucional no procederá: “Contra actos consentidos libre y expresamente…” (las negrillas nos pertenecen). El debido proceso, considerado en su triple dimensión como garantía, principio  y  derecho,  tiene por objeto asegurar que el proceso -judicial o administrativo- se lleve adelante en estricta observancia de las disposiciones legales; sin embargo, esta responsabilidad, no es privativa de quienes administran justicia; sino que, se extiende también a quienes forman parte del proceso; es decir, a los sujetos procesales o las partes en conflicto.