AUTO CONSTITUCIONAL 0278/2017-RCA
Fecha: 02-Ago-2017
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Mediante memorial presentado el 7 de julio de 2017, cursante de fs. 599 a 610 vta., el accionante manifiesta que el 15 de junio de 2016, interpuso una demanda de reivindicación y que dentro del respectivo proceso la parte contraria planteó excepciones y contestó a la demanda, sin plantear reconvención alguna; concluyendo dicho proceso el 3 de octubre del mismo año, con Sentencia 23/2016 de 3 de octubre, a su favor; sin embargo, en el tercer punto se dispuso el pago de mejoras sin que estas hubieren sido demandadas por ninguna de las partes, siendo la misma incongruente y extra petita; situación por la cual el 11 de octubre del año referido, planteó recurso de casación, mereciendo como respuesta el Auto Nacional Agroambiental S2 088/2016 de 29 de noviembre, que lo declaró infundado, vulnerando su derecho al debido proceso en sus elementos a una resolución motivada y congruente
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia
- a)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
- Contra actos consentidos libre y expresamente
- las siguientes subreglas
- CONFIRMAR