Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0280/2017-RCA
Fecha: 03-Ago-2017
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional de conformidad a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 5 de julio de 2017, cursante de fs. 31 a 32 vta., pronunciada por el Juez Público de Familia Primero de Quillacollo del
- I
- por haber cumplido su finalidad, y por no haberse acreditado un perjuicio cierto e irreparable
- Fragmento 3
- improcedencia
- Fragmento 5
- II.1 Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 7
- el acto será válido, aunque sea irregular, sí con él se cumplió con el objeto procesal al que estaba destinado
- Fragmento 9
- CONFIRMAR