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    AUTO CONSTITUCIONAL 0302/2017-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0302/2017-RCA

    Fecha: 28-Ago-2017

    Fragmento 8

             El art. 128 de la CPE, establece que: “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidas de los servidores públicos o de persona individual o colectiva que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.4. Resolución del Juez de garantías
    • improcedente
    • I.5. Síntesis de la impugnación
    • Fragmento 8
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • improcedencia
    • i)
    • II.3.  Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad

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