AUTO CONSTITUCIONAL 0305/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0305/2017-RCA

Fecha: 28-Ago-2017

I

Por memorial presentado el 3 de agosto de 2017, cursante de fs. 221 a 226, el accionante manifiesta que Elizabeth Andrade Cruz, inicio en su contra el proceso extraordinario interdicto de recobrar la posesión, sustanciado ante el Juez Público Civil Mixto y de Sentencia Penal Primero de Incahuasi, con el argumento que adquirió a título de compra y venta el lote de terreno ubicado en calle Moisés Impa de la Localidad de Villa Charcas, Provincia Nor Cinti del departamento de Chuquisaca, con una extensión de 180m², en el que supuestamente hubiere construido.

Citado con la admisión del proceso, interpuso la excepción previa de demanda defectuosa señalando que la demandante jamás tomó posesión física del citado bien inmueble, aclarando el -ahora accionante- conjuntamente con su esposa son poseedores y absolutos propietarios del lote de terreno que consta de una superficie de 280m² demostrando su derecho propietario a través de la “escritura pública”, registrado en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la Matrícula 1.07.3.01.0000400 de 21 de octubre de 2010, además con el comprobante de pago del impuesto a la propiedad y el plano; luego de la secuencia procesal se pronunció la Sentencia 31/2016 de 9 de agosto, declarando probada la demanda, apelada la misma fue resuelta por Auto de Vista SCCII 192/2017 de 19 junio, confirmado la Resolución de primera instancia.